¿Qué es el solidarismo?
El Nacimiento
El Solidarismo costarricense se fundó en 1947. Su creador fue el Lic. Alberto
Martén Chavarría, economista, abogado y Ministro de Gobierno en 1949. El
Solidarismo o movimiento solidarista se realiza en el seno de las empresas,
mediante el establecimiento de una asociación solidarista o asociación de
trabajadores, orientada a buscar su mejoramiento económico y social. Su
instrumento de mejoramiento es la armonía y el diálogo, no la lucha de clases.
El Desarrollo
De 1947 a 1972, se fundaron en Costa Rica 30 asociaciones solidaristas. A partir
de 1972, la Escuela Juan XXIII, dirigida por el sacerdote Lic. Claudio Maria
Solano, decidió impulsar ese movimiento y fundó centenares de asociaciones en
todo el país. A él se debe la expansión del solidarismo en Costa Rica.
La razón básica de este desarrollo reside en la vinculación estrecha entre el
solidarismo y los principios fundamentales del cristianismo: fraternidad,
respeto, armonía, libertad, justicia en las relaciones entre los trabajadores y
la empresa, características del desarrollo económico y social de Costa Rica.
En 1978, la Escuela Social Juan XXIII llevó el movimiento solidarista a la zona
atlántica y a las fincas bananeras. Actualmente, existen en esta zona varias
asociaciones solidaristas, que han desplazado por voluntad de los trabajadores,
a los sindicatos comunistas, que habían imperado en esta región durante varias
décadas.
El Marco Legal
Las asociaciones solidaristas se rigen por la ley de Asociaciones Solidaristas.
No.6970 del 28 de noviembre de 1984, cuya primera redacción presento la ESCUELA
SOCIAL JUAN XXIII a la Asamblea Legislativa y acogió el entonces diputado
Aguilar Facio ( Gaceta No. 135 del 20-7-79.) En los años anteriores, las
asociaciones solidaristas se regían por las normas generales del derecho
costarricense, en el campo laboral, y la ley de asociaciones. Sin embargo, a
partir de esta fecha, poseen un marco legal específico y la protección del
Estado, sin perder por ello su autonomía.
A este respecto, conviene tener en cuenta que la ley de Asociaciones
Solidaristas culmina un proceso en el derecho laboral costarricense en el que
han imperado los principios de respeto a la ley y a la democracia, cuyos únicos
adversarios han sido los sindicatos y grupos políticos comunistas.
La Expansión Solidarista
El movimiento solidarista costarricense se ha expandido en dos direcciones: una
nacional y otra internacional.
En el campo nacional, el solidarismo, si bien nació dentro de la empresa
privada, actualmente, gracias a la labor de la Escuela Social Juan XXIII, ha
penetrado también en el sector público. Asimismo, el solidarismo costarricense
se estableció primeramente en el sector del comercio y de la industria, pero a
partir de 1978, se difundió al sector agrícola. También pasó en estos años de la
zona urbana o central a los lugares más apartados del país.
En el orden internacional, el solidarismo se ha expandido a Guatemala, donde se
han fundado unas 50 asociaciones solidaristas, a Honduras y a El Salvador.
Asimismo, se ha llevado este mensaje a México, Colombia y Panamá, y se han
impartido charlas en los Estados Unidos. No en todos estos países hay
asociaciones solidaristas, pero la semilla se ha sembrado. Esta rápida expansión
del solidarismo ha suscitado la oposición y hasta la persecución de los
sindicatos, tanto comunistas, como no comunistas, de Estados Unidos y América
Latina.
Los Mecanismos Solidarios
a. El administrativo y deliberativo: El solidarismo se realiza en el seno de
cada empresa mediante la constitución de una asociación solidarista de
trabajadores. Esta asociación, creada en asamblea de trabajadores que es la
instancia superior, está dirigida por una junta directiva, formada por
trabajadores, elegidos democráticamente, y en la cual la empresa tiene un
representante. La asociación tiene, a su vez, comités de acción en diversos
campos: crédito, educación, deportes, capacitación, etc.
La Junta Directiva está integrada exclusivamente por trabajadores, con el fin
que, a diferencia del sindicato, sean los propios trabajadores los que tomen sus
decisiones y no políticos o poderes externos a ellos. De este modo, el
trabajador aprende a decidir, a participar y, lo que es fundamental, administrar
los recursos de la asociación, otorgar créditos y llevar a cabo diversos
proyectos, toma conciencia de la importancia y papel de la empresa en una
sociedad democrática, como eje de la economía.
b. Mecanismo Financiero: Los recursos de la asociación solidarista provienen de
dos fuentes principales: el ahorro mensual de los trabajadores que, según la
ley, puede ser entre el 3 y el 5 por ciento, o más elevado, si así lo decide
libremente el trabajador, y un aporte mensual de la empresa, cuyo porcentaje se
pacta entre esta y los trabajadores. El aporte de la empresa no es una donación,
sino que corresponde a un adelanto sobre la cesantía del trabajador, que se le
entrega a este, junto con el ahorro y el respectivo rendimiento, una vez que
deje la empresa.
Este capital de la asociación se utiliza para darles créditos a los
trabajadores, para realizar proyectos de vivienda para estos, así como para
crear empresas o comprar acciones. Hay asociaciones solidaristas en Costa Rica
que son propietarias de fincas de ganado, de leche o de transporte. Si no se
emprenden proyectos de este tipo, los recursos se invierten en bonos o
certificados para que ganen intereses. De este modo, el trabajador adquiere un
sentido más amplio y objetivo de la empresa y de la economía.
Los Principios
El Solidarismo se fundamenta en los principios de dignidad del ser humano,
dignidad del trabajo, de libertad, de justicia y de solidaridad.
Esto quiere decir que el solidarismo rechaza, de principio la lucha de clases,
propia del marxismo-leninismo, así como toda tendencia estatizante que, poco a
poco, anula o reduce la libertad del ser humano.
El concepto de solidaridad se refiere no solo a los trabajadores entre sí, sino
a la relación armoniosa y respetuosa entre estos y la empresa. De este modo, la
empresa no es ya un lugar de confrontación, sino una comunidad humana, en la que
el ser humano- sea trabajador, administrador o empresario - constituye el valor
principal, y por lo tanto, la razón de la productividad y del desarrollo.
En cEn cuanto al trabajo, este concepto se extiende a todos los miembros de la
empresa, subordinados o superiores, y se define no sólo como una actividad o un
contrato, sino como un medio de desarrollo económico y personal. Asimismo, el
solidarismo integra la familia, el trabajo, la empresa y la sociedad.
Los Fines
El solidarismo procura, por medio de las asociaciones solidaristas, de acuerdo
con el artículo N° 2 de la Ley de Asociaciones Solidaristas, la justicia, la paz
social, la armonía obrero-patronal y el desarrollo integral de los trabajadores,
esto es, el desarrollo material y el espiritual.
Desde este punto de vista, el solidarismo ha venido a consolidar la democracia
costarricense y a fortalecer la paz social.
"Gracias al Solidarismo, los trabajadores y los patronos encontraron un medio para
resolver sus conflictos en forma pacífica y sin presiones , por medio de la
armonía y el diálogo. El éxito del movimiento solidarista se ha alcanzado sin
detrimento de la justicia social, y ha repercutido en el mejoramiento de las
condiciones de vida del trabajador costarricense, que lo ha utilizado como
instrumento para cimentar y defender sus derechos, tal como lo exponen los
documentos pontificios" Mons.Roman Arrieta V.
FUNCIONAMIENTO BASICO DEL SOLIDARISMO EN COSTA RICA
¿Qué es el Solidarismo?
Es la Unión de personas que se organizan para lograr mutuamente el desarrollo
integral, para beneficio de las personas que la conforman y sus familias.
¿Quién propone la idea solidarista en Costa Rica?
Fundamentado en ideas europeas, el distinguido costarricense Alberto Martén
Cavaría propone en 1947 la filosofía solidarista como una herramienta reguladora
de las relaciones obrero-patronales y como factor de desarrollo económico
social.
¿Cómo están reguladas las asociaciones solidaristas?
Las asociaciones solidaristas son reguladas y facultadas para su funcionamiento
por la Constitución Política, la Ley 6970, los estatutos y reglamentos de cada
asociación, código de Comercio en lo referente a las asociaciones solidaristas y
Código de Trabajo. Para que una asociación solidarista ejerza lícitamente sus
actividades, los estatutos deberán ser aprobados por el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social e inscritos en el Registro de Asociaciones Solidaristas que al
efecto lleva ese Ministerio.
¿Qué son las asociaciones Solidaristas?
De acuerdo con la Ley de Asociaciones Solidaristas No.6970, el artículo 1
señala: “Las asociaciones solidaristas son organizaciones sociales que se
inspiran en una actitud humana por medio de la cual el hombre se identifica con
las necesidades y aspiraciones de sus semejantes comprometiendo el aporte de sus
recursos y esfuerzos para satisfacer esas necesidades y aspiraciones de manera
justa y pacífica. Su gobierno y su administración competen exclusivamente a los
trabajadores afiliados a ella.”
¿Cuáles son sus fines?
El artículo 2 de la misma ley dice: “Los fines primordiales de las asociaciones
solidaristas son procurar la justicia y la paz social, la armonía
obrero-patronal y el desarrollo integral de sus asociados”.
¿De cuáles fuentes provienen sus recursos económicos?
¿De cuáles fuentes provienen sus recursos económicos?
Según el artículo 18 las asociaciones solidaristas contarán con los siguientes
recursos económicos:
- El ahorro mensual mínimo de los asociados, cuyo porcentaje será fijado por la
asamblea general.
- El aporte mensual del patrono a favor de sus trabajadores afiliados que será
fijado de común acuerdo entre ambos de conformidad con los principios
solidaristas.
- Lo recaudado por este concepto, se considerará como parte del fondo económico
del auxilio de cesantía en beneficio del trabajador, sin que ello lo exonere de
la responsabilidad por el monto de la diferencia entre lo que le corresponde al
trabajador como auxilio de cesantía y lo que el patrono hubiera aportado.
- Los ingresos por donaciones y legados.
- Cualquier otro ingreso lícito que perciban con ocasión de las actividades que
realicen.
¿Cuáles son los órganos principales?
La Asamblea General legalmente convocada es el órgano máximo de la asociación.
Esta será administrada y dirigida por una junta directiva compuesta al menos por
cinco miembros. La vigilancia de la asociación estará a cargo de uno o varios
fiscales, asociados o no.
¿Cómo se disponen los ahorros personales y el aporte patronal?
El artículo 20 dice “Los ahorros personales podrán ser utilizados por la
asociación para el desarrollo de sus fines, pero deberán ser devueltos a los
asociados en caso de renuncia o retiro de la misma por cualquier causa. El
artículo 21 establece: “Las cuotas patronales se utilizarán para el desarrollo y
cumplimiento de los fines de la asociación y se destinarán prioritariamente a
constituir un fondo para el pago del auxilio de cesantía.
¿Qué se hace con ese dinero?
- CAPITAL
- INVERSIONES
- PRESTAMO
- CLINICA
- VIVIENDA = CALCULO DE EXCEDENTES
- SOCIAL & EXCEDENTE
Este fondo se dispondrá de la siguiente manera:
- a) Cuando un asociado renuncie a la asociación pero no a la empresa, el aporte
patronal quedará en custodia y administración de la asociación para ser usado en
un eventual pago del auxilio de cesantía a este empleado, según lo dispuesto en
los incisos siguientes
- b) Si un asociado renunciare a la empresa, y por lo tanto a la asociación,
recibirá el aporte patronal, su ahorro personal y cualquier otro ahorro o suma
que tuviese derecho, más los rendimientos correspondientes.
- c) Si un asociado fuere despedido sin justa causa, tendrá derecho a recibir sus
ahorros, el aporte patronal y los rendimientos correspondientes. Si el aporte
patronal fuere superior a los que corresponde por derecho de auxilio de
cesantía, lo retirará en su totalidad. Si el aporte patronal fuere inferior a lo
que le corresponde, el patrono tendrá obligación de cubrir la diferencia.
- d) En caso de retiro de un trabajador por invalidez o vejez, el pago total de
los que le corresponda se le hará en forma directa e inmediata. Si fuere por
muerte, se hará la devolución de sus fondos conforme con los trámites
establecidos en el artículo 85 del código de Trabajo.
SOLIDARISMO: PRODUCTO TICO
El solidarismo le ofrece un medio idóneo a los costarricenses para verificar la
hazaña, porque lo mismo que otros pueblos, el nuestro tiene que labrar su
destino con el cincel de sus propias concepciones intelectuales y realizaciones
materiales midiendo sus capacidades y desenvolviendo sus potenciales.
El solidarismo es un producto tico, profundamente nacional y criollo como una
carreta de Sarchí o un poema de Aquiles. El solidarismo es fibra y sangre
costarricense; es pensamiento nacional. Lo amasaron callosas manos de peones de
Turrialba y Alajuela, lo soñaron maestras de San Cristóbal Norte, lo pregonaron
universitarios de San José, lo perfumaron con su feminidad obreras y empleados
de Guadalupe y Barrio México, lo encumbraron hasta las nubes pilotos nacionales
y dondequiera pusieron en él su sello de fe, de su esperanza y de su amor, hijos
de Costa Rica.
Nosotros hemos desarrollado un sistema social y económico autóctono.
¿Lo veremos crecer como un guanacaste gigantesco de nuestras llanuras?
Si deseas conocer mas de nuestro movimiento visita la página del Movimiento
Solidarista Costarricense en la siguiete dirección: http://www.solidarismo.com